logran trabajando con dedicación y cumpliendo con los requerimientos para identificar al máximo la producción en todas sus etapas, y también aplicando las Buenas Prácticas Apícolas y las Buenas Prácticas de Manufactura.

Los microemprendedores alimentarios y los productores PyMEs constituyen un sector que basa su tarea y su esfuerzo diario en la elaboración de productos diferenciados, orgánicos, artesanales, productos en general que pueden ofrecer un valor agregado a partir de características y condiciones distintas de las de aquellos otros que ya se conocen en el mercado. Así por ejemplo, entre las mieles diferenciadas con un alto reconocimiento en el exterior, se encuentran las monoflorales de alfalfa, trébol, eucalipto, cítricos y catay. Pero, según los productores mismos, un modo de diferenciación fundamental sería la identificación con Denominaciones de Origen o con una marca Argentina para la exportación.

El trabajo de los productores más experimentados de la exportación de miel, se vio empañado dos o tres años atrás por la aparición de miel contaminada con nitrofuranos, situación que generó la retracción del mercado europeo con la consecuente pérdida de importantes cifras de comercialización. La crisis resultante en ese momento, enseguida dio lugar a una reacción en cadena que movilizó a todo el sector dando lugar a charlas técnicas, seminarios, ferias y encuentros de los cuales surgió la Resolución del SENASA del 2/05/2003 para la Trazabilidad de la Miel, el Protocolo Nacional de Calidad de Miel, el Plan Argentino de Aseguramiento de la Calidad de la Comisión de Inocuidad y Aseguramiento de la Calidad, producto del Seminario Internacional de Calidad de Miel de Setiembre 2004, y la Resolución 797/2005 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

 



A partir de la nueva normativa, el Protocolo Nacional de Calidad de Miel establece “especificaciones técnicas para el producto, especificaciones técnicas para la producción, buenas prácticas de manejo, buenas prácticas de manejo sanitario, buenas prácticas de manejo en la alimentación artificial, buenas prácticas de manejo en la cosecha de miel, buenas prácticas de manejo en la carga y transporte de alzas melarias llenas, establecimiento de extracción de miel, condiciones generales, características del procesamiento, recepción y descarga de alzas melarias llenas, depósito de alzas melarias llenas, procesamiento de la miel, llenado de tambores, envases, fraccionamiento, presentación y etiquetado, tránsito, sistema documental, glosario y legislación de referencia” (Diario El Territorio, Misiones, 13/01/2005).

Por su parte, la Resolución del SENASA para la Trazabilidad de Miel, en los artículos 1 y 2 de las Condiciones Generales dice lo siguiente: art. 1- El presente reglamento tiene por finalidad establecer el adecuado funcionamiento de un sistema que permita conocer el origen y las secuencias de los procedimientos de obtención de miel, a fin de facilitar la rastreabilidad o trazabilidad de dicho producto en toda su cadena productiva, hasta su embarque para exportación en un puesto fronterizo; art. 2- el sistema tiene como fundamento la intervención del SENASA dentro del circuito productivo y de tránsito de



























 

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