Según la Organización Mundial de la Salud cerca del 10% del comercio global de cigarrillos es ilegal. Esto es significativamente mayor (un 50% o más) en los países de ingresos bajos y medianos, mientras que si se eliminaran los ilícitos, los gobiernos en todo el mundo podrían ganar al menos $30b por año en ingresos fiscales.
GS1 (a través de GS1 Europa) celebró los esfuerzos realizados por la Comisión Europea para desarrollar la lucha contra este comercio ilegal y participó activamente en los procesos de consulta. GS1 había enviado comentarios detallados en respuesta a la consulta pública.
El Artículo 15 de la Directiva de Productos de Tabaco presenta un sistema de trazabilidad con un identificador único a nivel de cada unidad de envase de productos de tabaco.
El Artículo 16 exige que todas las unidades de envases lleven una marca de seguridad a prueba de manipulaciones, compuesta de elementos visibles e invisibles para permitir que se determine lo siguiente:
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La fecha y lugar de fabricación |
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La maquinaria utilizada para la fabricación de los productos de tabaco |
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El tiempo de fabricación |
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La descripción del producto |
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El mercado previsto para la venta por menor |
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La ruta de despacho prevista |
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El importador en la Unión |
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La ruta de envío real desde la fabricación hasta la primera salida de venta por menor, incluyendo todos los depósitos utilizados así como la fecha de embarque, destino del envío, el punto de partida y el destinatario |
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La identidad de todos los compradores desde la fabricación hasta la primera venta minorista |
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La factura, registros de pago y número de orden de todos los compradores desde la fabricación hasta la primera venta minorista |
GS1 cree firmemente que la propuesta, cuando sea implementada en base a los estándares existentes de GS1, puede proporcionar que se logre el resultado deseado por la Comisión.
El proyecto regulatorio respaldado por los identificadores de GS1 (GTIN, SSCC) y los estándares (AIDC) beneficiará a las autoridades de los Estados miembro, a las pequeñas y medianas empresas, y a todos los operadores económicos que se basan en la capacidad de GS1 para:
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Identificar productos, unidades de logísticas, operadores económicos, instalaciones y máquinas; |
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Capturar automáticamente, registrar y compartir datos del caso; |
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Integrar los datos de mensajes de negocio utilizando los mismos identificadores. |
Creemos que este proceso también proporcionará un sistema interoperable y seguro entre los Estados miembro y la autonomía de los Estados miembro en funciones de control críticas.
La propuesta de la Comisión fue aprobada el 29/11/2017. Ello significa una oportunidad para GS1 para involucrarse en la aplicación de identificadores únicos y en las funcionalidades de la trazabilidad. Mientras que la solución general será un reto, la posición de GS1 como organización independiente, y neutral de estándares será trabajar con las partes interesadas para ayudarlas a implementar los nuevos procesos en el transcurso de los próximos 18 meses. El despliegue técnico deberá ser completado para el 20 de mayo de 2019.
Fuente: GS1 Irlanda |