Si bien es cierto que algunos productores implementan para sus registraciones sistemas automatizados, también es cierto que todavía otros hacen seguimientos manuales que no permiten una fluida información ni una sólida seguridad para el resto de los integrantes de la cadena. Frente a esta problemática la Guía de Trazabilidad EAN.UCC propone la aplicación de códigos de barra para identificar lotes y unidades logísticas, pudiéndose de este modo rastrear el café en sus diferentes etapas de producción. Ya dijimos que el café llega al consumidor generalmente después de un proceso de mezcla. Esto significa que en un envase a la venta en la góndola de un supermercado, pueden encontrarse granos provenientes de diferentes lotes que se han procesado juntos. Si para ese producto se codifica en primer lugar cada lote seleccionado y luego el lote mezcla, el rastreo del producto podría realizarse con total facilidad.
El sistema de trazabilidad debe permitir el acceso a la información a todas las partes involucradas de la cadena, debe ser claro y preciso, y para eso nada mejor que un sistema de identificación eficiente, un lenguaje global único ya adoptado por 130 países, el sistema EAN.UCC.
Desde el 1° de Enero de 2005 comenzó a regir el Reglamento 178/2002 de la UE, según el cual las empresas deberán cumplir con ciertas exigencias para garantizar la seguridad alimentaria.
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De estas exigencias se desprende principalmente, la necesidad de que cada empresa que participe de la cadena de abastecimiento del rubro alimentación, organice un sistema de gestión documental capaz de poder informar todos los procesos de producción, transformación y distribución de sus productos. Este sistema de rastreo de productos, denominado trazabilidad, implica el compromiso de todas las empresas involucradas en la cadena y la toma de conciencia de su importancia y necesidad. Teniendo
en cuenta que estas disposiciones nacieron en el seno de la UE es curioso
observar que según encuestas realizadas recientemente, un alto
porcentaje de empresas alimentarias aún desconoce las normativas
de trazabilidad. •
Identificar a los proveedores y a partir del año 2006, también será obligatorio que estas mismas empresas cuenten con sistemas HACCP (Hazard Analysis and Critical Control Point). Las nuevas normas
puestas en vigencia en 2005 no establecen ningún sistema o procedimiento
en particular, sin embargo se cuenta con guías de carácter
general y uso voluntario, como por ejemplo la Guía EAN para la
Implementación de Trazabilidad. •
En cada fase de la cadena alimentaria, el operador deberá informar
el nombre y la dirección del productor del alimento, la naturaleza
del producto y la fecha de la transacción. |
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