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  Febrero 2017 . Edición 112
Contenidos de esta edición:
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Capacitación GS1 2017
  Disposición 0001-2017 de la Secretaría de Planificación y Modernización
GS1 Europa, de los estándares a los servicios para empresas

Breves
 
 
Salud
  Disposición 0001-2017 de la Secretaría General de Planificación
y Modernización
 
 
  La Resolución Nº 435 del año 2011 para la implementación de un Sistema de Trazabilidad de medicamentos, será reforzada por una resolución de la Secretaría General de Planificación y Modernización.

 
 
     
 
La Resolución N° 435 emitida por el Ministerio de Salud en el año 2011, estableció que las personas físicas o jurídicas intervinientes en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de especialidades medicinales que estuviesen incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, deberían implementar un Sistema de Trazabilidad que les permitiese asegurar el control y seguimiento de sus productos, desde la fabricación o importación de los mismos, hasta su adquisición por parte del usuario o paciente.

A fin de reforzar el cumplimiento de esta exigencia, el director ejecutivo del INSSJP (PAMI - Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) firmó una resolución en la que instruye a la Secretaría General de Planificación y Modernización para que en un plazo de sesenta (60) días dicte las normas que regulen la instrumentación del Sistema de Trazabilidad como fuente de información relevante, a efectos de procesar las liquidaciones presentadas por la Industria y de allí convalidar las dispensas informadas, especificando que dicha información será condición necesaria para gestionar el pago de las mismas.
En los primeros días del mes de enero del corriente año, la titular de la Secretaría General de Planificación y Modernización, Sofía Capalbo, firmó la Disposición N° 0001 a través de la cual le indica a la Gerencia de Sistemas la implementación de medidas que permitan verificar el estricto cumplimiento de los procesos de trazabilidad, en los términos de la ya mencionada Resolución N° 435. Los productos alcanzados son las especialidades medicinales que se encuentran establecidas en el Anexo I de la disposición que a continuación compartimos.

  ANEXO I – DISPOSICIÓN N° 0001-17 Listado de especialidades medicinales incluidas
en Disposición ANMAT N° 3683/2011
  Droga   Droga
  1. Atazanavir
2. Abatacept
3. Adalimumab
4. Anti inhibidor factor VIII y IX
5. Azacitidina
6. Asparaginasa oegilada
7. Basiliximab
8. Bevacizumab
9. Bortezomid
10. Bosentan
11. Buserelina
12. Capecitabina
13. Cetuximab
14. Cladribina
15. Darunavir
16. Dasatinib
17. Decitabine
18. Deferasirox
19. Didanosina
20. Docetaxel
21. Efavirenz
22. Enfuvirtida
23. Erlotinib
24. Etanercept
25. Everolimus
26. Factor VII
27. eptacog alfa
28. Factor VIII
29. Factor VIII de alta pureza
30. Factor VIII monoclonal
31. Factor VIII Octocog Alfa
32. Factor VIII recombinante
33. Factor IX
34. Fulvestrant
35. Fluradabina
36. Goserelín
37. Gemtuzumab
38. Histrelina
39. Imfliximab
40. Imatinib
41. Iloprost
42. Interferon Alfa
43. Interferon Alfa 2 A
44. Interferon Alfa 2 A Pegilado
  45. Interferon Alfa 2 B Pegilado
46. Interferon Alfa 2 B Recombinante
47. Interferon Beta
48. Interferon Beta 1 A
49. Interferon Beta 1 B
50. Ixabepilona
51. Lanreotida
52. Lapatinib
53. Lenalídomida
54. Maraviroc
55. Metoxipolietilenglicol
56. Nimotuzumab
57. Nilotinib
58. Octreotida
59. Omalizumab
60. Paclitaxel
61. Palivizumab
62. Pegvisomant
63. Pemetrexed
64. Raltegravir
65. Ranibizumab
66. Ratitrexida
67. Riluzol
68. Ritonavir
69. Rituximab
70. Saquinavir
71. Sirolimús
72. Somatotropina
73. Sorafenib
74. Sunitinib
75. Tacrolimus
76. Temsirolimus
77. Tenofovir disopropil fumarato (TNI)
78. Teriparatida
79. Tigeciclina
80. Tipranavir
81. Temozolomida
82. Trabectedina
83. Tobramicina
84. Tocilizumab
85. Topotecán
86. Trastuzumab
87. Valgaciclovir
88. Verteprofin

 
 
 
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